¿Qué impuestos de la luz subirían en 2024?

¿Qué impuestos de la luz subirían en 2024?
Además del consumo de energía y potencia, la factura de la luz incluye otros costes en
forma de impuestos: IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) y IEE (Impuesto Especial
sobre la Electricidad


IVA:
En 2024, el IVA para la luz se quedará en el 10%, siempre que no se tenga contratada
una potencia superior a 10 kW


IEE (Impuesto Especial Eléctrico):
Este impuesto irá ascendiendo progresivamente en 2024: al 2.5% hasta marzo
(incluido) y al 3.8% hasta el 30 de junio.


Nota explicativa
Modificación y prórroga del tipo impositivo reducido del IVA (artículo 21)
Se prorroga la aplicación del tipo impositivo reducido del Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA) a determinados suministros de energía eléctrica. Sin embargo,
mediante este RD [1]Ley 8/2023 el tipo impositivo aplicable al IVA será el tipo reducido
del 10%, en lugar del tipo impositivo reducido del 5% que es aplicable hasta el 31 de
diciembre de 2023.


Con efectos desde el 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024, se
aplicará el tipo del impositivo del IVA del 10% que recae sobe todos los componentes
de la factura de las entregas de electricidad.


Cabe recordar que el tipo impositivo del IVA reducido es aplicable sobre todos los
componentes de la factura eléctrica relacionados con la adquisición de energía para los
5 contratos que cumplan las condiciones 7 establecidas en el mencionado Real
Decreto-ley 12/2021, esto es: titulares de contratos de suministro con potencia
contratada inferior a 10kw siempre y cuando el precio medio mensual del mercado
mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 €/MWh; y
titulares de contratos perceptores del bono social y tengan reconocida la condición de
vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.


Modificación y prórroga del tipo impositivo reducido del IEE (artículo 22)
La medida mediante la cual se fija el tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la
Electricidad (IEE) en el 0,5% se ha venido prorrogando hasta el 31 de diciembre de
2023.
Ahora se considera necesario ir atenuando esta medida excepcional por lo que el tipo
impositivo aplicable al IEE será el siguiente:

  • Durante el primer trimestre del 2024 – desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de
    marzo de 2024 – se aplicará el tipo impositivo reducido del 2,5 % del IEE.
  • Durante el segundo trimestre del 2024 – desde el 1 de abril de 2024 hasta el 30 de
    junio de 2024 – se aplicará el tipo impositivo reducido del 3,8% del IEE.
    En todo caso, deberán respetarse los tipos impositivos mínimos exigidos por la
    Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre, por la que se reestructura el
    régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad.